Como cada año, marzo y abril son los meses en los que los contribuyentes, deben presentar la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR), correspondiente al ejercicio fiscal pasado.
Sin embargo, es necesario saber que de no hacerlo dentro de los plazo señalados, las sanciones económicas pueden llegar hasta los 34 mil pesos por cada obligación.
Los plazos
Para los contribuyentes personas morales, el plazo vence el día de 1 de de abril, ya que el 31 de marzo es día inhábil.
En cuanto a las personas físicas, tiene hasta el 30 de abril, sin embargo no deben confiarse.
Aún cuando el Servicio de Administración Tributaria (SAT),
ha implementado herramientas tecnológicas para "agilizar" la labor administrativa, los contribuyentes siguen teniendo problemas con el uso de las plataformas del SAT.
ha implementado herramientas tecnológicas para "agilizar" la labor administrativa, los contribuyentes siguen teniendo problemas con el uso de las plataformas del SAT.
Otras sanciones económicas relacionadas
a) De 1,400 a 17,370 pesos por cada una de las
obligaciones no declaradas de manera espontánea
dentro del plazo correspondiente.
De 1,400 a 34,730 pesos por cada obligación a que estés obligado, al presentar una declaración, solicitud, aviso o constancia, fuera del plazo señalado en el requerimiento o por incumplimiento de dicho requerimiento.
De 14,230 a 28,490 pesos por no presentar las declaraciones por Internet estando obligado a ello, presentarlas fuera del plazo o no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales para presentarlas o cumplirlos fuera de los plazos señalados.
obligaciones no declaradas de manera espontánea
dentro del plazo correspondiente.
De 1,400 a 34,730 pesos por cada obligación a que estés obligado, al presentar una declaración, solicitud, aviso o constancia, fuera del plazo señalado en el requerimiento o por incumplimiento de dicho requerimiento.
De 14,230 a 28,490 pesos por no presentar las declaraciones por Internet estando obligado a ello, presentarlas fuera del plazo o no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales para presentarlas o cumplirlos fuera de los plazos señalados.
Nuestra recomendación
En este corto plazo, los contribuyentes deben organizarse con su contador para revisar el correcto registro de las operaciones realizada durante el año; corregir el timbrado de la nómina, y hacer las correcciones necesarias, a fin de estar en condiciones de poder cumplir con esta obligación y evitar las sanciones ya mencionadas.
