jueves, 10 de enero de 2019

Condiciones para aplicar los estímulos aplicables a la Zona Fronteriza Norte

El día 7 de enero del 2019, el Servicio de Administración Tributaria, publicó en su página, el anexo 1-A de la 6a. Resolución Miscelanea Fiscal (RMF), en la que se establecen las reglas para poder aplicar estos beneficios.
Entre las más relevantes encontramos las siguientes:
1.- Los contribuyentes que tengan negocio o sucursal dentro de los estados donde aplica el estímulo, deberán presentar su solicitud ante el SAT, si quieren tener los beneficios.
2.- Cuando la clave del producto o servicio sea "01010101", no se aplicará el beneficio, aun cuando la opción del estimulo este habilitada.
3.- El SAT, mostrara en el catálogo las claves de productos o servicios que no están considerados dentro del estímulo.
Si tienes dudas o comentarios, estamos a tus ordenes.

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