miércoles, 20 de noviembre de 2019

Sanciones aprobadas con la reforma penal fiscal

Después de tanto debatir sobre las modificaciones en el uso indebido de los CFDIs o simulación de operaciones, el 8 de noviembre, se publicaron los cambios aprobados en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, Ley de Seguridad Nacional, Código Nacional de Procedimientos Penales, Código Penal Federal y Código Fiscal de la Federación.
Este tema debe llamar poderosamente la atención de los contribuyentes y los asesores, pues a partir de estas modificaciones, se alinean en materia penal fiscal, los denominados “Delitos Fiscales y sus equiparables” para dar legalidad a las sanciones por las infracciones que comentan los contribuyentes, y sean consideradas como “delitos calificados”.
En este sentido, el artículo 113 Bis del CFF, señala que se impondrá sanción de 2 a 9 años de prisión, a quien por sí o por interpósita persona, realice la expedición, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.
Como podemos leer, la autoridad fiscal, puede presumir la inexistencia de operaciones amparadas en comprobantes fiscales.
Recordemos que simulación de operaciones se presenta cuando un contribuyente realiza una operación sin contar con los medios necesarios (personal, activos, materia prima, entre otros), o en su defecto, no estén localizados por el SAT”
De igual forma, cuando en el delito participe algún servidor público en ejercicio de sus funciones, será destituido del empleo e inhabilitado de uno a diez años para desempeñar cargos o comisiones públicas.
En concordancia con el artículo 113 Bis del Código Fiscal, el 400 Bis del Código Penal, establece que si la autoridad fiscal “presume” la existencia de un delito fiscal, se podrá dar trámite en lo que concierne en materia penal.
De este análisis, podemos observar que se podrán aplicar de forma conjunta, la materia penal y la fiscal, a fin de fincar las responsabilidades contra los contribuyentes.
Es importante revisar nuestra situación fiscal, y de ser el caso, auto corregirnos, a fin de evitarnos dolores de cabeza futuros.

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